¡Alerta! Rechazo generalizado a la ley de Salud Mental en Argentina
La movida Zadig en España quiere hacer público su apoyo a la iniciativa de Zadig Argentina en contra de la inminente aprobación de la nueva ley de Salud Mental pretendida por el gobierno de su país
Dicha campaña fue iniciada por la EOL, por la APA y por APDEBA.
Esta ley implica un retroceso en la concepción de la salud mental y vulnera algunos de los derechos fundamentales, reconocidos por la ONU, de las personas afectadas
Que esto ocurra en Argentina precisamente, país donde el psicoanálisis ha gozado siempre de un lugar privilegiado, debe preocuparnos a todos muy seriamente. Si sucede allí, sentará precedente.
A continuación, reproducimos el comunicado emitido por Zadig Argentina, el del Consejo Estatutario de la EOL y el conjunto de las tres asociaciones.
Al pie de los mismos, hallarán el enlace a la plataforma creada en change.org para recabar firmas contra la aprobación de esta ley. Les animamos a que lean acerca de lo que esta ley implica y que contribuyan a firmar la petición.
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Coordinadora Red Zadig de Argentina
Ante la inminente sanción de un decreto que modifica el decreto 603 / 2013 de la Ley de Salud Mental 26657 y que representa un retroceso en la concepción de la salud mental,-no solo para los pacientes sino también para los agentes que llevan adelante su tarea-, RED Zadig Argentina ,contando con el pleno apoyo del Consejo Estatutario de la Escuela de la Orientación Lacaniana, EOL, rechaza firmemente la posibilidad de que se sancione por decreto una ley y se dispone trabajar con todos los medios a su alcance para evitar su sanción y aplicación, al mismo tiempo que advierte al público sobre las graves consecuencias que derivarían de su aplicación.
14 de noviembre de 2017
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Declaración del Consejo de la EOL
El Consejo Estatutario del EOL ha tomado conocimiento de un proyecto de decreto reglamentario de la Ley Nacional de Salud mental N° 26.657.
De su lectura se desprende un sentimiento de alarma y preocupación. Es por ello que queremos dejar sentada nuestra posición que es la de la Orientación lacaniana, la que siempre nos advierte de las diversas formas de ascenso de la segregación en el mundo contemporáneo.
En este sentido, centramos nuestra atención en algunos artículos de esta propuesta de reglamentación, que puede desembocar en una tendencia hacia la homogeneización y, por ende, a la segregación de las singularidades subjetivas.
Nos referimos, por un lado, a los artículos 5 y 7 en los cuales se relacionan estrechamente los diagnósticos y los tratamientos validados a prácticas “basadas en evidencia científica”, fórmula que, según Jacques-Alain Miller, no es otra cosa que un “océano de falsa ciencia», aquél que justificaría el retorno al conductismo, la evaluación y los protocolos.
Por otro lado, al artículo 13 donde se plantea una regulación para la designación en los cargos de conducción y gestión de servicios en instituciones, subsumida en una referencia al artículo 40 de la Ley 17.132 de 1967 vigente durante el gobierno militar de Onganía. Esta referencia deja así abierta la puerta a un posible reflotamiento de lo consignado en el artículo 91 de dicha Ley, que reducía la acción del psicólogo a la de mero colaborador del médico psiquiatra.
En conclusión, se trata del modelo biomédico-tecnológico como perspectiva dominante. En este sentido, no obstante también consideramos que la Ley Nacional de Salud mental N° 26.657 por el acento puesto en los derechos humanos puede presentar desvíos que tienden a una judicialización de la práctica en desmedro de la clínica, entendemos que esta propuesta de reglamentación no solo no corrige dichos desvíos sino que tampoco garantiza los derechos individuales, base de la singularidad subjetiva.
El Consejo ya se ha pronunciado en otras ocasiones, por la vigencia de los Derechos Humanos y el Estado de Derecho entendidos también como garantía de los derechos individuales.
Así, entendemos que la Ley de Salud Mental, bajo esta reglamentación, al no garantizar estos principios, implícitamente atenta contra la ética del psicoanálisis.
Consejo Estatutario de la Escuela de la Orientación Lacaniana
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https://www.change.org/p/casarosada-no-a-la-reforma-de-la-ley-nacional-de-salud-mental-no-26-657
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En nombre de la ciencia, la ciencia es ignorada, convertida en bibliometría y se hace fantasía cientificista al tratar lo subjetivo. Las consecuencias no pueden ser más dañinas.
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Sin duda. Recomiendo encarecidamente la lectura de este texto, de Gustavo Dessal, en el 2015:
http://blog.elp.org.es/6697/el-delirio-de-medirgustavo-dessal/
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Por favor aclaren que no se trata de un intento de imponer una nueva Ley Nacional de Salud Mental, sino que se trata de derogar el decreto reglamentario vigente, para aprobar otro elaborado por el conjunto de asociaciones médicas y psiquiátricas que históricamente se vienen oponiendo a la ley, sancionada en el año 2010 y reglamentada en el 2013. Este proyecto de decreto que esta a la firma del presidente Macri, desvirtúa totalmente el contenido de la ley, cuestión que se torna inconstitucional. El rechazo que estamos operando, es contra este nuevo decreto. Este entramado corporativo con el apoyo gubernamental (Macri y su grupo de poder no le interesa la salud mental) apunta a imponer el regreso a un paradigma biológico y manicomial, en el marco de las llamadas neurociencias y tiene al psicoanálisis en la mira para su descalificación como práctica en hospitales públicos y dispositivos privados. Un cordial saludo.
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Que incoherencia marcada que instituciones que retrasan 140 años como APA, hablen de retroceso de 50 años, Y que estas mismas que siempre estan en el podio mirando desde arriba y criticando todo, pero aportando muy poco o nada a la clinica y a los nuevos desafios en salud mental.
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